Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje

Gobierno del Estado de México

Funciones

El Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje conforme el artículo 185 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de México, tiene las siguientes funciones:
 

  • Conocer y resolver, en conciliación y arbitraje, de los conflictos individuales que se susciten entre las instituciones públicas, dependencias, organismos descentralizado.

     

  • Conocer y resolver, en conciliación y arbitraje, los conflictos colectivos que surjan entre las instituciones públicas o dependencias y las organizaciones sindicales;

     

  • Conceder el registro de los sindicatos y, en su caso, dictar la cancelación de los mismos;

     

  • Conocer y resolver, en conciliación y arbitraje, de los conflictos internos de los sindicatos y de los intersindicales;

     

  • Efectuar el registro de las condiciones generales de trabajo, de los estatutos de los sindicatos, así como de aquellos otros documentos que por su naturaleza deban obrar en los registros del Tribunal; y

     

  • Llevar los procedimientos para la determinación de dependencia económica de los familiares de los servidores públicos;

     

  • Dictar la resolución que ordene la suspensión temporal de su cargo de un servidor público en términos de lo dispuesto por el artículo 209 y 253 de esta ley; 

     

  • Conocer de cualquier otro asunto relativo, derivado o directamente vinculado con las relaciones de trabajo.