Conciliaciones Virtuales
1.- Las conciliaciones virtuales no serán grabadas, por lo que se mantendrá en todo momento la confidencialidad y privacidad de las sesiones conforme a las leyes correspondientes.
2.- Toda información, comentarios, observaciones y acuerdos generados, se mantendrán en estricta confidencial y no será utilizados por el TECA para resolver expedientes activos.
3.- Las conciliaciones virtuales son voluntarias, por lo que, es indispensable que las partes hayan acordado su interés previamente al enviar el correo electrónico al TECA solicitando la mediación. De lo contrario, si alguna partes no asiste a la sesión virtual y/o desconoce el tema, la sesión se suspenderá.
4.- Al inicio de las sesiones digitales, el personal mediador del TECA solicitará a las partes para que se identifiquen, verificando su identidad y personalidad jurídica, por lo que se sugiere a las partes tener a la mano la información y documentación correspondiente.
5.- El personal mediador del TECA solo actuará para verificar la legalidad de los acuerdos obtenido, manteniendo su imparcialidad.
6.- En caso de que las partes alcancen a un acuerdo conciliatorio, se les asignará fecha y hora para la celebración del mismo en las instalaciones del TECA, respetando las medidas sanitarias correspondientes.
7.- El tiempo de tolerancia para las partes para ingresar a una sesión digital debidamente programada es de 10 minutos, después del término, la sesión se cancelará.
8.- El TECA solo podrá utilizar las sesiones virtuales para fines estadísticos sin que implique revelar ningún tipo de información proporcionado por las partes.
9.- Las conciliaciones virtuales se llevarán a cabo por medio de la plataforma digital ZOOM conforme a la política de privacidad de la empresa. Consúltala aquí: https://zoom.us/docs/es-es/privacy-and-security.html
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